lunes, 18 de mayo de 2009

ACTA #8

Realizada por KAROL DAVID GIL JIMENEZ y JUAN DIEGO ORTIZGABINETE DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE
ESAP

El dia 25 de marzo de 2009, nos reunimos Karol David Gil Jimenez y Juan Diego Ortiz, para estudiar y profundizar el tema " GABINETE DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE " el cual seria expuesto el dia 28 de marzo de 2009 por el estudiantes German Moreno , estudiamos y concluimos lo siguiente:

El Reino Unido es una
monarquia constitucional con isabel II con el reino unido como jefe de estado. El monarca del reino unido también es el jefe de estado de otros quince países que forman parte de la mancomunidad de naciones. La corona britanica también tiene soberanía sobre la isla de man y los bailiazgos de jersey y guernesey.
Colectivamente, estos tres territorios son conocidos como dependencias de la corona
, que están bajo la soberanía del monarca británico, pero no forman parte del Reino Unido, ni tampoco de la union europea. Sin embargo, el parlamento del reino unido tiene la autoridad para legislar en ellas, y el Gobierno británico se encarga de su defensa y relaciones exteriores.Su modelo constitucional se basa, ante todo, en el llamado Derecho Estatutario (Statute Law) cuya elaboración es idéntica a las leyes ordinarias y sólo se diferencian, y alcanzan el carácter de constitucionales, por razón de la materia que tratan. La otra fuente importante es la jurisprudencia.

Gran Bretaña es la tierra de origen del sistema jurídico llamado common law
.Sin embargo, el gobierno efectivo corresponde a un gabinete dirigido por el primer ministro, quienes en teoría son designados por la Reina, sin embargo en la práctica son elegidos por la Cámara de los Comunes. El Gabinete tiene responsabilidad ante esta cámara
.El Poder Legislativo reside en el Parlamento, el cual es bicameral y está compuesto por dos asambleas, la camara de los comunes
, compuesta por miembros electos popularmente, y la camara de los lores, compuesta por miembros de derecho propio.En cuanto al poder judicial, si bien no existe una Corte Suprema, las funciones de vigilancia de los órganos jurisdiccionales son asumidas por los Lores Magistrados pertenecientes a la Cámara de los Lores.

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